Compete a esta Juzgadora hacer un pronunciamiento en relación al asunto seguido al penado FERMIN SANCHEZ CASTILLO, quien fue condenado por el Juez de Control N° 1 de Circuito Judicial Carabobo, en fecha 14-08-2000 a cumplir la pena de CUATRO AÑOS Y OCHO MESES de Presidio por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, determinándose que cumpliría la totalidad de la pena el 06-02-2004, desprendiéndose que en fecha 30-07-2001 le fue acordada la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena Egresando en esa misma fecha del Internado Judicial Carabobo, constando agregado a los autos informe de finalización emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema penitenciario.
Se establece a través del presente auto que el penado ha cumplido la totalidad de la pena impuesta, en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal actuando en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; en relación con el 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA LA PENA impuesta. Al penado FERMIN SANCHEZ CASTILLO, titular de la Cedula de Identidad 10.341.101, en consecuencia la responsabilidad Criminal, advirtiéndose que a la fecha de su egreso cumplió con las penas accesorias que le fueron impuesta, Ofíciese a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería y a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas a fin de hacer cesar cualquier solicitud que pese en su contra en la presente causa. Remítase con oficio copia de esta Resolución al Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso Ministerio de Interior y Justicia Notifíquese al penado, al Ministerio Público y a la Defensa. Por cuanto la presente causa se encuentra concluida remítase a la oficina de archivo Central para que éste a su vez lo remita al ARCHIVO judicial para su archivo definitivo una vez consten en autos la notificación del penado. FERMIN SANCHEZ CASTILLO, Diarícese, regístrese y remítanse las copias certificadas correspondientes
La Juez Primero en Función de Ejecución,