REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 01 de Marzo del año dos mil cinco
194º y 145º
SENTENCIA
EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001498
PARTE ACTORA: CARLOS POSSEDENTE
PARTE DEMANDADA: TASCA DOÑA MARIA S.R.L.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia de fecha 03 de Febrero del año 2005, presentado por el ciudadano RAFAEL BELLERA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el número 49181, y por la demandada que lo es TASCA DOÑA MARIA S.R.L., representado por su apoderado judicial CELESTINO DE ANDRADE PITA, con el carácter de Gerente General, asistido por el profesional del derecho JOSE HERNANDEZ OCHOA debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 55.678, donde solicitan del tribunal que homologue el acuerdo suscrito entre las partes y que riela al folios 29.
El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita entre las partes no es contrario a derecho y no viola precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico. HOMOLOGA LA TRANSACCION EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordenará el cierre del expediente y su custodia una vez que conste el cumplimiento total.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
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