JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSION -CARUPANO.


EXPEDIENTE N° 4.061.-

SENTENCIA: HOMOLOGACION OBLIGACION ALIMENTARIA

SOLICITADA: POR LA CIUDADANA: NATALIE GUTIERREZ GONZALEZ CONTRA PAVER JOSE SOSA GOITIA.-
EN FECHA 27-05-05.-

Se inicia el siguiente procedimiento mediante el escrito presentado por la abogada en ejercicio MARIANELLA BOLIVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.927, representando judicialmente a la Ciudadana NATALIE JOSEFINA GUTIERREZ GONZALEZ, en su condición de progenitora de los niños.-

Mediante comparecencia de ambos progenitores de la niña, ciudadanos PAVER JOSÉ SOSA GOITIA Y NATALIE JOSEFINA GUTIERREZ GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 9.453.688 y 8.329.507, respectivamente, domiciliados en el primero en la Urbanización Augusto Malavé Villalba, Bloque 04, Piso 04, Apartamento 04-07 y la segunda Calle Victoria N° 07, ambos de esta ciudad, quienes llegaron al siguiente acuerdo:

PRIMERO: Se establece una Obligación Alimentaria por medio del padre por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 260.000.oo) mensuales.-

SEGUNDO: Se establece aparte de la Obligación alimentaría, un 20% de sus utilidades de fin de año y el 20% del Bono Vacacional, ya que tiene dos hijos y también le pasa Obligación Alimentaría.-

TERCERO: Dichas cantidades se le depositare en una cuenta de ahorros que tiene la madre de sus hijos.-

CUARTA: La progenitora manifestó estar de acuerdo con lo propuesto por el padre de su hija.-

Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos PAVER JOSÉ SOSA GOITIA Y NATALIE JOSEFINA GUTIERREZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 9.453.688 Y 8.329.507, respectivamente, domiciliados en el primero en la Urbanización Augusto Malavé Villalba, Bloque 04, Piso 04, Apartamento 04-07 y la segunda Calle Victoria N° 07, ambos de esta ciudad. De conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente atribuyen a los Tribunales de Protección del niño y del Adolescente la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.

PÚBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a los treinta días del mes de Mayo del año 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

Da carácter de cosas juzgadas y ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial.



ABOG. AZUCENA MATA DE ZABALA
JUEZ DE PROTECCIÓN-SALA DE JUICIO.


LA SECRETARIA,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ,


Exp. N° 4.061.-
AMZ/pdm/fg.-