Este Tribunal en Función de Control N° 10 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la Calificación Jurídica de Documento Falso es cierto existe una presunción el lo carga en el momento de su aprehensión SEGUNDO: Se ordena el Procedimiento Ordinario y se otorga medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el articulo 256 presentación Mensual y la del ordinal 4º prohibición de salida del País se admiten las pruebas aportadas por la defensa de la Documentación del Vehículo. TERCERO: Librese Boleta de inmediata Libertad Ofíciese. Quedan las partes Notificadas de la presente decisión. Emítase la respectiva Resolución Judicial. Termino la audiencia siendo las: 10:30 AM, se leyó y conformes firman