REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


Cabudare, 12 de Mayo de 2005.
Años: 195° y 146°

Expediente N° 2.417-05
Daños Materiales.

Visto el desistimiento del procedimiento, formulado por la representación judicial de la parte demandante y por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre bienes disponibles, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, expídase por Secretaría copia certificada del presente auto para la carpeta respectiva, de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
La Juez.-


Dra. Coromoto de Del Nogal.

El Secretario.

Abog. Daniel González.

Seguidamente se cumplió lo ordenado. Se expidió por Secretaría copia certificada del presente auto.-
El Secretario,

Abg. Daniel González.