REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 23 de mayo de 2005
Exp. Nº51.357.-
a.c.
195° y 146°
Presentada como ha sido la solicitud de Divorcio 185-A, por los ciudadanos: RAMON RUPERTO RODRÍGUEZ y EDITH RAFAELA ALMADO BRAVO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs. V-2.307.856 y V-4.859.144, respectivamente, domiciliados en Bejuma, asistidos en este acto por el abogado CARLOS LUIS VERA SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº24.609, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a las partes para que comparezcan por ante este Tribunal, dentro del Tercer (3) días de Despacho siguientes a la presente admisión, para que ratifiquen o nò el contenido de la misma. Cítese a la Fiscal del Ministerio Publico en Materia de Familia para que concurra por ante este Tribunal dentro del Décimo día de Despacho siguiente después de citada, a manifestar lo que estime conducente sobre la solicitud. Expídanse copias certificadas y líbrese Boleta.
LA JUEZ,


ABG. ROSA MARGARITA VALOR
LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA
En la misma fecha se libró Boleta.-

LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA