JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de mayo de 2.005
Año 195º y 146º
DEMANDANTE: IVANNA MODAS, C.A.
DEMANDADO: ABELARDO JOSE SABA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN)
EXPEDIENTE: Nro.49.184.-
Vista la diligencia, de fecha 28 de abril de 2.005, presentado por el ciudadano ABELARDO SABA, identificado en autos, parte demandada, asistido por la Abogada ZOE LASCARIS, y el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado RONALD CAZORLA, Inpreabogado Nro.107.242 y visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Tribunal considerando que las mismas son capaces, que los derechos respecto a los cuales se convienen son disponibles y que no han sido violadas normas del orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN a dicho CONVENIMIENTO en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Juez Suplente Especial,

Abog. LUCILDA OLLARVES VELASQUEZ
La Secretaria,

Abog. MAYELA OSTOS FUENMAYOR
Se hizo lo ordenado.
La Secretaria,



EXP. Nro.49.184.-
Asua.-