En horas de despacho del día de hoy, Dieciséis (12) de mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las 10:05 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia. Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede del Banco Occidental de Descuento, Agencia La Candelaria 023, ubicada en la Avenida Lisandro Alvarado, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana Milvia Elena Aular, titular de la cédula de identidad Nº V-11.360.345, parte actora en el presente juicio, debidamente asistida por la abogado Mariana Peñuela, titular de la cédula de identidad Nº 12.312.597, e inscrita en el Inpreabogado 80.103, a los fines de practicar la Medida ordenada por el Comitente. Presente el ciudadano Cecilio Alexander Gutiérrez, titular de la cédula de identidad Nº 12.617.009, a quien en su carácter de Sub-Gerente de la agencia donde se encuentra constituido el Tribunal, se le notificó de la misión a realizar. En este estado, la parte actora solicita del Tribunal requiera del notificado manifieste el Saldo de la Cuenta Nº 10121200077-7, antiguamente Valencia Entidad de Ahorro y Préstamo, de la Unidad Educativa Antonio Minguet Letteron, parte ejecutada del presente Juicio. Seguidamente el notificado expone: Informo al Tribunal que dicha cuenta está en cero y además inactiva. Seguidamente la parte actora asistida de abogado expone: Visto lo manifestado por el notificado solicito que el Tribunal se traslade a un lugar que señalaré posteriormente a los fines de practicar la medida ordenada. El Tribunal visto lo solicitado acuerda de conformidad. Siendo las 10:30 de la mañana, el Tribunal se trasladará al sitio que indique la parte actora. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisorio (fdo) Dra. Alix Rodríguez; La Parte Actora y su Abogado Asistente (fdos) Milvia Elena Aular, Mariana Peñuela; El Notificado (fdo) Cecilio Alexander Gutiérrez; La Secretaria Accidental (fdo) Alimar Laya... Seguidamente, siendo las 11:40 de la mañana se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios valencia. Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede de la Unidad Educativa Lago de los Tacariguas, Avenida La Encantada cruce con Nueva, Boquerón, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana Milvia Elena Aular, titular de la cédula de identidad Nº V-11.360.345, debidamente asistida por la abogado Mariana Peñuela, titular de la cédula de identidad Nº 12.312.597, inscrita en el Inpreabogado 80.103, a los fines de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo ordenada por el Comitente. Presente la ciudadana Belkis Margarita Palencia de Figueira, titular de la cédula de identidad Nº 8.835.401, a quien en su carácter de Directora de la Unidad Educativa Lago de los Tacariguas, el Tribunal le notificó de la misión a realizar. Seguidamente la notificada manifiesta al Tribunal que a sus inicios la Institución era anexo de la Unidad Educativa Antonio Minguet Letteron, ubicada en el Barrio Del Carmen en Central Tacarigua, pero actualmente esta institución se denomina Unidad Educativa Lago de los Tacariguas. La Asociación Civil de Padres y Representantes; mostrando al Tribunal Copia del Documento de Constitución de dicha asociación y solicitó un lapso de espera para llamar a su supervisor. El Tribunal acuerda un lapso de espera de 1 hora, siendo las 12:30 del mediodía. En este estado, siendo la 1:06 de la tarde, se hace presente el ciudadano Domingo Figueira, titular de la cédula de identidad Nº 5.374.493, Docente por hora, así como también el ciudadano Isaías Antonio Guerra Mercado, titular de la cédula de identidad Nº 2.837.707, a quien en su carácter de Supervisor del municipio Escolar Nº 02, Güigüe, el Tribunal le notificó de la misión a realizar. Igualmente se hacen presentes la ciudadana Nancy Dávila, titular de la cédula de identidad Nº 10.230.979 en su carácter anterior presidente de la Asociación Civil Unidad Educativa Anexo Antonio Minguet Letteron y la ciudadana Rosa Medarda Vásquez, titular de la cédula de identidad Nº 3.494.654, actual presidente de dicha Asociación, el Tribunal les notificó de la misión a realizar. Seguidamente el tribunal hace constar que la Directora notificada presento al Tribunal Documento de Constitución de la Asociación Civil Unidad educativa “Lago de los Tacariguas”, de la cual la notificada Rosa Medarda Vásquez, es la actual presidente. Seguidamente, la parte actora debidamente asistida de abogado expone: Señalo al Tribunal para que sean embargados Ejecutivamente los siguientes bienes que a continuación se señalará. Seguidamente a solicitud de la parte actora se designa a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A., representada por el ciudadano Eladio Nuñez, titular de la cédula de identidad Nº 3.050.664 y como Perito Avaluador al ciudadano Juan de Dios Aldana, titular de la cédula de identidad Nº 5.382.124, quienes estando presentes aceptan el cargo y prestan el Juramento de Ley. Los bienes señalados por la parte son los siguientes: 1º) Un (01) Juego de Computadora, conformada por un (1) monitor marca AOC, serial 85417, una (1) impresora marca HP, serial 02462A, un (1) C.P.U sin serial visible, un (1) teclado marca Omega, serial 021737351, avaluado en Bs. 900.000 00 ; 2º) Un (1) televisor a color marca Daewoo de 20 pulgadas, modelo DTG20VISCN, avaluado en avaluado en Bs. 400.000 00 ; 3º) Un (1) monitor marca AOC, serial 94538, un (1) C.P.U sin marca y sin serial visible, un (1) Teclado marca Omega, serial 221737348 avaluada en Bs. 700.000 00 ; 4º) Un (1) archivador en formica color marrón de 3 gavetas, avaluado en Bs. 100.000 00 ; 5º) Un (1) escritorio en formica color marrón de 2 gavetas, avaluado en Bs. 200.000 00 ; 6º) Dos (2) mesas de Computadora en formica y metal en color marrón, avaluado en Bs. 100.000 00 cada una, para un total de Bs. 200.000 00 . insisto en la práctica de la medida por cuanto no se ha probado suficientemente que en la sede donde se encuentra constituido el Tribunal es otra distinta a la sede de la demandada. El Perito Avaluador expone: El Avalúo total de los bienes mencionados es la cantidad de Bs. 2.500.000 00. Seguidamente la ciudadana Belkis Margarita Palencia de Figueira, en su carácter de Directora expone: Informo al Tribunal Ejecutor de Medidas, así como a la parte actora que están constituidos en la sede de la Unidad Educativa Lago de los Tacariguas y que los bienes señalados por la ejecutante son bienes nacionales, ya que el plantel es una institución pública nacional. El Tribunal ordenado como ha sido por el comitente y solicitado por la parte actora, declara Embargados Ejecutivamente los bienes señalados por la ciudadana Milvia Elena Aular; y de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil se declara la Desposesión Jurídica de dichos bienes embargados, poniéndolos en posesión de la ciudadana Belkis Margarita Palencia de Figueira quien los recibe conforme para su guarda y custodia. Es todo. Siendo las 2:45 de la tarde el Tribunal regresa a su sede, haciendo constar que no se presento incidencia alguna y que las firmas que suscriben la presente acta son estampadas de manera voluntaria y sin ningún apremio. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisorio (fdo) Dra. Alix Rodríguez; La Parte Actora y su Abogado Asistente (fdos) Milvia Elena Aular, Mariana Peñuela; La Directora del Plantel, Notificada, Guarda y Custodia de los Bienes Embargados (fdo) Belkis Margarita Palencia de Figueira; Notificada, Antigua Presidente de la Asociación Civil (fdo) Nancy Dávila; El Depositario (fdo) Eladio Núñez; El Perito (fdo) Juan de Dios Aldana; La Secretaria Accidental (fdo) Alimar Laya.