En horas de despacho del día de hoy, Veintiseis (26) de mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las 12:30 del mediodía, se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede del Banco Mercantil, C.A., Banco Universal, Agencia Valencia Norte, ubicada en el Centro Profesional y Comercial Avenida Bolívar, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la Abogado Ligia Benitez, titular de la cédula de identidad Nº 3.947.246, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.403, Apoderada Judicial de la ciudadana Arlec Verónica Lucena Hernández, a los fines de practicar la medida de Embargo Preventivo ordenada por el comitente. Presente la ciudadana Mireya Moreno, titular de la cédula de identidad Nº 5.623.986, a quin en su carácter de gerente, se le notificó de la misión a realizar. En este estado la abogado actora requiere del Tribunal solicite a la notificada manifieste si la cuenta Nº 0105-0670-19-1670026167 a nombre de la demandada, Corporación Principal, posee saldo que pueda cubrir la cantidad de Bs. 13.832.000,oo, cantidad indicada para ser embargada. Seguidamente la notificada manifiesta que el saldo de la cuenta indicada cubre la cantidad para ser embargada. En este estado la abogado actora expone: Señalo al Tribunal para ser embargado preventivamente la cantidad de Bs. 13.832.000,oo, de la cuenta Nº 0105-0670-19-1670026167, perteneciente a la demandada, Corporación Principal, C.A. El Tribunal ordenado como ha sido por el comitente y solicitado por la abogado actora, declara embargada preventivamente la cantidad de Bs. 13.832.000,oo, por concepto de cantidad demandada mas las costas judiciales, perteneciente a Corporación Principal, C.A., en la cuenta antes indicada, haciéndole saber a la notificada que debe entregar la cantidad embargada, mediante cheque a nombre del Tribunal de la causa. El Tribunal recibe conforme y es agregado a los autos la cantidad embargada en cheque de gerencia Nº 66005554 a nombre de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de esta misma fecha. Es todo. Siendo la 1:04 de la tarde el tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisorio (fdo) Dra. Alix Rodríguez; La Abogado Actora (fdo) Ligia Benítez; La Notificada (fdo) Mireya Moreno; La Secretaria Accidental (fdo) Alimar Laya.
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