REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario,
del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 04 de mayo de 2005
195° y 146°
Expediente N° 8.508
COMPETENCIA: NIÑOS Y ADOLESCENTES
MOTIVO: PENSION DE ALIMENTOS
PARTE ACTORA: LISBETH MARIA ROMERO venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.419.864.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS EDUARDO MORENO GALINDEZ y EMILIA de JESUS YRURETA ORTIZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 55.124 y 24.516.
PARTE DEMANDADA: MANUEL ENRIQUE AGUILAR PARRA venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-7.953.658.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SERGIA SANCHEZ, GERMAN GONZALEZ, CARLOS QUINTERO y ANTONIO BENCOMO abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.654, 3.384, 74.287 y 26.939.
Capitulo I
Antecedentes del caso
Mediante auto de fecha 28 de marzo de 2000, se dio por recibido el presente expediente en este Tribunal Superior, dándole entrada en los libros respectivos bajo el N° 8.508.
Por auto de fecha 29 de marzo de 2000, este Tribunal Superior fijó la oportunidad para dictar la sentencia en la presente causa.
En fecha 25 de abril de 2000, se difiere el pronunciamiento de la sentencia por un lapso de treinta (30) días consecutivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Tramitado el procedimiento conforme a la ley, procede de seguidas esta Instancia a decidir la presente incidencia, previas las siguientes consideraciones:
Capitulo II
Consideraciones para decidir
Ha sido remitido el presente expediente con motivo del recurso procesal de apelación ejercido por la abogada SERGIA SANCHEZ, procediendo en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 15 de Febrero de 2000, por el entonces denominado Juzgado Segundo de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la acción intentada por la ciudadana Lisbeth María Romero en contra del ciudadano Manuel Enrique Aguilar Parra por Pensión de Alimentos.
Observa este juzgador que el ciudadano Manuel Enrique Aguilar Parra, en su carácter de parte demandada en el presente juicio, asistido por la abogada Reina Matos, en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.151, presenta diligencia en fecha 03 de mayo del presente año, mediante la cual consigna copia fotostática de la sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sala N° 01, Juez Unipersonal N° 02, con motivo de la solicitud de Divorcio formulada por su persona y la ciudadana Lisbeth María Romero.
El Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, declaró con lugar la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos antes mencionados, asimismo fijó la pensión alimentaria de la menor Ana Lismar Alejandra.
Ahora bien, en virtud de que el Juzgado A-quo se pronunció con respecto a la pensión alimentaria de la menor Ana Lismar Alejandra, que dió origen a la incidencia decidida, este juzgador considera que se ha presentado una perdida de interés procesal en la apelación ejercida. ASÍ SE DECIDE.
En lo que respecta a la suspensión de la medida preventiva decretada por el Tribunal de la primera instancia, se ordena al Juzgado que conoce del juicio en primer grado emita un pronunciamiento sobre tal solicitud.
Capítulo III
Dispositiva
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA PERDIDA DEL INTERES en la apelación ejercida por la parte demandada. Todo en el juicio seguido por la ciudadana LISBETH MARIA ROMERO contra el ciudadano MANUEL ENRIQUE AGUILAR PARRA por PENSION DE ALIMENTOS.
Notifíquese a las partes del contenido de la presente decisión.
Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen, en su oportunidad de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia a los cuatro (04) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005). Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
MIGUEL ANGEL MARTIN
EL JUEZ TITULAR
FLORIMAR ARANGUREN
LA SECRETARIA TEMPORAL
En el día de hoy, siendo las 2:15 p.m. se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de ley.-
FLORIMAR ARANGUREN
LA SECRETARIA TEMPORAL
EXP Nº 8.508.
MAM/DE/yv.-
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