Quien suscribe abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.268, de la nomenclatura llevada por éste Tribunal: Hora de despacho del día de hoy, Treinta y Uno (31) de mayo de 2005, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la Juez Doctora MAURICIA GONZÁLEZ VALLÉS, y la Secretaria Titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía del Abogado de la parte actora SERGIO OCTAVIO NOVALINSKI CARRASCO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 41.100, en el inmueble ubicado en la calle montes de Oca, Edificio Montes de Oca, piso 1, apartamento N° 04, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de la misión a cumplir al ciudadano MARIO JOSE SALAZAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.203.174, quien manifestó al Tribunal que ocupa una habitación en el inmueble y que se comunicaría vía telefónica con el ciudadano demandado de autos VICTOR JULIO ANDRADE CALLES. En estado el Abogado SERGIO OCTAVIO NOVALINSKI CARRASCO expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal a solicitud de la parte actora designa depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial La valenciana, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano ELIGIO MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.932.317. Seguidamente el Abogado actor SERGIO OCTAVIO NOVALINSKI CARRASCO, I.P.S.A. Nro. 41.100 expone: Señalo al tribunal para ser Secuestrado un inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la calle Montes de Oca, Edificio Montes de Oca, piso 1, apartamento Nro. 4, Valencia Estado Carabobo. Acto seguido este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión y por la autoridad que le confiere la ley en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara SECUESTRADO el inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la calle Montes de Oca, Edificio Montes de Oca, piso 1, apartamento N° 4, Valencia Estado Carabobo y lo pone bajo la guarda y custodia y custodia de la Depositaria designada, en la persona de su representante legal ciudadano ELIGIO MEJIAS. En este estado el Abogado actor antes identificado expone: Solicito al Tribunal libere a la Depositaria Judicial designada y deje bajo la guarda y custodia del inmueble a mis representadas. Seguidamente el Tribunal acuerda lo solicitado libera a la
Depositaria Judicial designada y procede a dejar el inmueble bajo la guarda y custodia de la parte actora en la persona de su representante legal Abogado SERGIO OCTAVIO NOVALINSKI CARRASCO. En este estado se hace presente el ciudadano VICTOR JULIO ANDRADE CALLES, titular de la cédula de identidad Nro. 5.747.794, a quien el Tribunal le impuso de la misión a cumplir decretada por el JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTDOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO, según Exp. Nro. 6814, el cual manifestó al Tribunal que trasladaría todos bienes y enseres a su cuenta y riesgo. Seguidamente este Tribunal deja expresa constancia que en todo momento se respetaron los derechos y garantías constitucionales a los que tienen derechos los notificados y en ningún momento se causaron lesiones alguna ni a persona ni a material, declarando cumplida su misión. En este estado se hace presente la Abogada ANIUSKA D. RODRIGUEZ, I.P.S.A. Nro. 74.202, asistiendo en este acto al ciudadano VICTOR ANDRADE CALLES, demandado en autos. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, siendo las 12:00 del mediodía, ordenando se remitan las presentes actuaciones al Tribunal comitente. Es todo, se leyó y conformes firman. La Juez Dra. Mauricia González V. (Fdo); El Notificado (Fdo) Apoderado Judicial Parte Actora (Fdo) Depositaria Judicial (Fdo) Perito Avaluador (Fdo) y la Secretaria Abogado Yulimar Fonseca G. (Fdo)