Valencia, 6 de Mayo de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GP01-P-2005-001240

Juez 11ª de Control: ILEANA VALBUENA
Fiscal: 1° del Ministerio Público
Decisión: SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud de Sobreseimiento efectuada por JOSE LUIS ROMAN SANDOVAL, Fiscal 1° del Ministerio Público de este Estado Carabobo. El Representante del Ministerio Público, solicitó el Sobreseimiento de la causa, por prescripción de la acción penal, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo a los fines de decidir observa lo siguiente:

LOS HECHOS
La presente causa se inicia en fecha 17-10-2001, en virtud de denuncia interpuesta por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Mariara, en donde la ciudadana LOPEZ PERALES MAGALY, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.728.670, denunció que el día Domingo 07-10-2001, cuando se levantó de dormir, se fijó que sus hijas LEIDY DAYANA y ELENA RAFAELA, se habían ido de la casa sin decir nada, trató de ubicarlas pero no las consiguió, hasta que decidió colocar la denuncia por extravío de las mismas.

DEL DERECHO
Del contexto anterior y tomando en consideración las declaraciones de fecha 15-01-2002, rendidas por LEIDY DAYANA y ELENA RAFAELA, se desprende que el hecho denunciado no es típico, estima este Tribunal que es procedente y ajustado a derecho la solicitud de la Representante Fiscal, de Sobreseer la presente causa, conforme a lo previsto en el artículo 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios respectivos. En la oportunidad remítanse las actuaciones al Archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control a los Seis (06) días del mes de Mayo de 2005.-


La Juez 11ª de Control
Dra. ILEANA VALBUENA



LA SECRETARIA.
MERY TARAZONA.