REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 19 de Mayo de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: GL01-E-2003-000011.
ASUNTO ANTIGUO: 20033E9491
Revisada como ha sido la presente Causa, seguida al penado ISRAEL ANTONIO FERRER, Cédula de Identidad Nº 10.434.692, este Tribunal observa: PRIMERO: Revisada la referida causa, se constata que en fecha 28.02.2005, en Oficio Nº 1424, se solicitó información al Tribunal de Ejecución del Estado Zulia, en cuanto a la Situación Jurídica del citado penado. SEGUNDO: En fecha 16.03.2005, el Tribunal de Ejecución Nº 1 del Estado Zulia, en Oficio 782.05, remite al Tribunal Séptimo de Ejecución (Sic) de este Circuito Judicial Penal, Compulsa de la Causa seguida al citado penado, Nº 1E-033-02, contentiva de doscientos ochenta y nueve (289) folios útiles. TERCERO: El día 08.04.2005, en Oficio Nº 1.031-05, la misma Juez 1º de Ejecución del Estado Zulia, se dirige al Juez Séptimo de Ejecución de este Circuito (Sic), solicitando se giren órdenes a los efectos de que se le practique Informe Técnico Psico Social al penado en referencia, “quien se encuentra recluido en el centro penitenciario de Aragua, Tocorón, Estado Aragua. CUARTO: El Director del Internado Judicial Carabobo (Tocuyito) en Oficio Nº 1323-D-05, del 27.04.05, informa a este Tribunal que, el penado en referencia fue trasladado a la Cárcel Nacional de Maracaibo el día 16.11.2003.
Este Tribunal considera que por cuanto en una oportunidad, el penado Israel Antonio Ferrer, fue traslado al Internado Judicial Carabobo (Tocuyito) en una oportunidad, se le asignó a este Tribunal la Vigilancia y Custodia del penado antes identificado.
En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Nº 3 en función de Ejecución, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE que es procedente en este caso, que las actuaciones que reposan en esta Instancia referidas al penado antes identificado, sean conocidas por su Juez natural, quien es el competente. a lo fines de garantizarle sus derechos al prenombrado penado y que dicho Juez tome las medidas necesarias a los fines del cumplimiento de las leyes.
Remítase la totalidad de las ACTUACIONES al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial del Estado Zulia. (Maracaibo). Notifíquese al Fiscal 14° del Ministerio Público y a la defensa. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.


Dra. Nelly Arcaya de Landáez.
Juez 3 en funciones de Ejecución
La Secretaria

En la misma fecha se cumplió lo ordenado

La Secretaria


ASUNTO PRINCIPAL: GL01-E-2003-000011.
ASUNTO ANTIGUO: 20033E9491