REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 24 de Mayo de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: GL01-P-2003-000260 .
ASUNTO ANTIGUO: 20023E8698
Visto y analizada como ha sido la presente Causa, este Tribunal para decidir observa: para decidir: PRIMERO: En fecha 14.05..2003 se Ejecutó la Sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Control 1º de este Circuito Judicial Penal, del día 03.04.2003 (folio 114) mediante la cual condenó al penado VELÁZQUEZ JARAMILLO, FULGENCIO, titular de la cédula de identidad Nº 9.354.269, a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por el delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 DE LA Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: En fecha 20.09.2004, este el penado REDIMIÓ PARCIALMENTE LA PENA (Folio 236, 1ª Pieza) y se indicó en el Auto que cumpliría su pena el día 25 de abril de 2005. TERCERO: El día 04.05.2005, en Oficio Nº 0734 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, se recibió Informe de Finalización. (folios 5 al 7, 2ª Pieza)
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, DECRETA la extinción de la responsabilidad criminal por cumplimiento de la pena que le fue impuesta por este Tribunal y LA LIBERTAD PLENA al Ciudadano VELÁZQUEZ JARAMILLO, FULGENCIO, titular de la cédula de identidad Nº 9.354.269,
Fíjese Audiencia de Imposición según Agenda Única llevada por este Circuito Judicial Penal. Cítese al prenombrado penado. Remítase copia de esta decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, Caracas.
Se ordena Oficiar a la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a la Oficina Nacional de Identificación y Dirección de Extranjería, a fin de hacer cesar cualquier búsqueda que pese en su contra en lo que respecta al presente hecho, el cual está relacionado con el ASUNTO PRINCIPAL: GL01-P-2003-000260. ASUNTO ANTIGUO: 20023E8698
Remítase en su oportunidad al Archivo Central y posteriormente al Archivo Judicial para su Custodia definitiva. Cúmplase. Ofíciese lo conducente. Dada, sellada y firmada en Valencia, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo de dos mil cinco (2005).
La Juez en función de Ejecución Nº 3
Dra. Nelly Arcaya de Landáez
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
La Secretaria
ASUNTO PRINCIPAL: GL01-P-2003-000260 .
ASUNTO ANTIGUO: 20023E8698
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