REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 27 de Mayo del año dos mil cinco
195º y 146º

SENTENCIA

EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000089
PARTE ACTORA: MAGGIE PAUL INTERPRISE DE VENEZUELA C.A.
PARTE DEMANDADA: RAMON MODESTO FLORES
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la diligencia de fecha 24 de Mayo del año 2005, presentado por la Apoderada Judicial de la parte actora: CARMEN TERESA MONTILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 55.449, donde “Renuncia a la presente demandad de Oferta Real de Pago”. El tribunal asume que la parte actora desiste de la acción intentada en este caso,.

El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.

LA JUEZ


ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ



LA SECRETARIA


Abg. Loredana Massaroni