REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
LUNES DOS (02) DE MAYO DE 2005
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JAVIER GIORDANELLI representante judicial de la demandada DIGAS TROPIVEN S.A.C.A.; contra la decisión de fecha 25 de enero del año 2005 (sic.), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue la ciudadana LUCIA VICTORIA TERAN MUÑOZ, contra la Sociedad de Comercio DIGAS TROPIVEN, S.A.C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de los Abogados MINERVA ROSALES y JAVIER F. ROSALES, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora quienes se identificaron la primera de las nombradas con el número de Inpreabogado 22.439 y el segundo de los nombrados con el número de cédula de identidad 3.388.407; asimismo se deja constancia de la presencia de los representante judicial de la parte accionada Abogados JAVIER E. GIORDANELLI y JOSE G. GALLARDO, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 67.331 y 78.838 respectivamente, parte apelante. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Accionada recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora quien expuso sus razones y alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 10:30 a.m., el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo la 11:30 de la mañana, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: 1.-) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LUCIA VICTORIA TERÁN MUÑOZ, contra la sociedad de comercio DIGAS TROPIVEN S.A.C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha de 24 de Noviembre 1955, bajo el No. 3, Tomo 12-B. 2.-) Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada. 3.-) Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida. 4.-) No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ



LOS REPRESENTANTES JUDICIALES DE
LA PARTE ACTORA



LOS REPRESENTANTES JUDICIALES DE
LA DEMANDADA PARTE APELANTE




ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA

Exp. No. GP02-R-2005-000230
Recurso de Apelación