REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
EXPEDIENTE: GP02-R-2005-000059
DEMANDANTE: NAIZA COROMOTO GOMEZ VASQUEZ
APODERADO JUDICIAL: DELIA GÓMEZ
DEMANDADO: BELKIS DONMAR PEREZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 11 de mayo de 2005, siendo las 9:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica, se deja constancia que la parte demandada y recurrente ciudadana BELKIS DONMAR PÉREZ, no compareció personalmente ni por medio de apoderado judicial, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se condena en costas a la recurrente de conformidad a lo establecido en el artículo 62 ejusdem. Queda confirmada la sentencia de fecha 25 de enero de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez,
Ketzaleth Natera Z.
La Secretaria,
Abog. JOANNA CHIVICO
En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 10:30 a.m..
La Secretaria,
Abog. JOANNA CHIVICO
KNZ/JCH
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