REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
EXPEDIENTE: GP02-R-2005-000160
DEMANDANTES: MARÍA A. LÓPEZ, NARDA ROJAS Y YOVANNY ANTONIO DÍAZ
APODERADO: JOENNY SUAREZ y JOSEFA BARRIOS
DEMANDADA: CONSORCIO I.D.E.A., ASOCIACION CIVIL
APODERADO: MARIO DE SANTOLO, JOSE MORALES Y OTROS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 06 de mayo de 2005, siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación, se deja constancia que la parte demandante y recurrente CONSORCIO IDEA, ASOCIACION CIVIL, no compareció por medio de representante legal ni por medio de apoderado judicial, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se condena en costas de conformidad a lo establecido en el artículo 62 ejusdem Queda confirmada la sentencia de fecha 21 de febrero de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez,
Ketzaleth Natera Z.
El Secretario,
Abog. Eddy Bladismir Coronado Colmenares
En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 9:30 a.m.
El Secretario,
Abog. Eddy Bladismir Coronado Colmenares
KNZ/EBCC/knz
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