TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 16 de mayo de 2005 Año 195º y 146º


Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION POR REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 11-05-2005 por la ciudadana RAIZA ALVIZU DE DORTA, FISAL DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 05-05-2005, por los ciudadanos MARCOS ANTONIO NUÑEZ PARADA y ROSA FRANCIS QUINTERO a favor de la niña ROSMARLIS DEL CARMEN NUÑEZ QUINTERO esta Juez Unipersonal N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR REGIMEN DE VISITAS: PRIMERO: la ciudadana ROSA QUINTERO, propuso que el progenitor visite a la niña los fines de semana los días sábados de 9:00 am hasta el domingo a las 7:00 pm, en forma intervalo, un fin de semana lo pasará con el progenitor y otro fin de semana con la progenitora a partir del fin de semana 14 y 15 del presente mes. SEGUNDO: el ciudadano MARCOS NUÑEZ PARADA acepta lo anteriormente expuesto en los términos establecidos. Igualmente expresa que también puede compartir con su hija otros día a la semana cuando lo solicite la progenitora de forma voluntaria.- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ



LA SECRETARIA

ABOG. MORELA SERENO

En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-27.306-.
MPV/as.-