REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 03 de Mayo del 2.005
195° y l46°
Vista la solicitud, formulada por ante éste Tribunal por la ciudadana DAYS DEL CARMEN ABACHE, viuda DE BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 8.850.768, asistida por la Abogada AMERICA ORAA WILLIAMS, Inpreabogado N°: 20.793. Mediante la cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL, para VENDER en nombre y representación de su adolescente hija DAYFER CONSTANZA BELLO ABACHE, la cuota parte que le corresponde sobre un inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la Urbanización Ciudad Parque “La Pradera”, signado con el N°: 4-1, Piso 4, Edificio Araguaney 44, Primera Etapa, situado en el Fundo El Cercadito, Guacara, Estado Carabobo. Dicha cuota parte le corresponde por haberlo heredado ad-intestato de su difunto padre FERMIN ROBERTO BELLO ARAUJO, quien era portador de la Cédula de Identidad N°: 8.856.762. Con respecto a tal solicitud, se notificó a la ciudadana FISCAL ESPECIALIZADA EN MATERIA DE PROTECCION DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO CARABOBO, en fecha 10-03-05, quien no manifestó objeción alguna.- De igual manera en fecha 22-03-05, se juramenta el ciudadano ARMANDO JOSE AVILA ARIAS, titular de la Cédula de Identidad N°: 14.914.822, y queda designado como CURADOR ESPECIAL Vistos los recaudos que acompañan a la solicitud y cumplidos como han sido los extremos de Ley, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, AUTORIZA: Se DISCIERNE el cargo de CURADOR ESPECIAL de la adolescente DAYFER CONSTANZA BELLO ABACHE, al ciudadano ARMANDO JOSE AVILA ARIAS, ya identificado, para que la represente en el acto de venta de un inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la Urbanización Ciudad Parque “La Pradera”, signado con el N°: 4-1, Piso 4, Edificio Araguaney 44, Primera Etapa, situado en el Fundo El Cercadito, Guacara, Estado Carabobo , con una superficie aproximada de ochenta y dos metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados (82,91 M2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORESTE: Fachada Noreste del edificio, SURESTE: Fachada Sureste del edificio, SUROESTE: Apartamento 4-2 y NOROESTE: Vacío entrada principal y pasillo de circulación. El precio de venta es la cantidad de VEINTIDOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 22.000.000,oo). La representante legal queda en la obligación de demostrar ante éste Tribunal la ejecución de lo solicitado consignando el respectivo documento que se suscriba. Igualmente la cuota parte que le corresponde a la adolescente mediante CHEQUE DE GERENCIA, a nombre de éste Juzgado, para ser depositado en una entidad bancaria a su favor. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión, a los fines de que surta su efecto legal.
DRA. CARLA VASQUEZ BORGES
JUEZ TEMPORAL DE PROTECCION
ABG. ADELA CARRASCO
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
CVB/er.
S-3127
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
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