REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 2 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2002-000021
ASUNTO : LL01-P-2002-000021
Por cuanto el penado JANDRI ALBERTO PUENTES ARAQUE, en fecha 19/04/2005, cumplió la PENA CORPORAL, que le fue impuesta en la Sentencia dictada en su contra por el Juzgado de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, se declara Extinguida la misma, de conformidad con el Artículo 479 ordinal 1 de la Ley adjetiva Penal vigente, quedándole al penado solo por cumplir la Pena Accesoria de Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por ¼ parte del tiempo de condena, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13 del Código Penal, la que en este caso es igual a QUINCE (15) MESES, la terminará de cumplir en fecha 19/07/2006, motivo por el cual de conformidad con los Artículos 13 y 22 del Código Penal, se acuerda que el penado de cumplimiento a la misma, por lo que deberá dar cuenta a la prefectura civil del lugar donde resida, de su salida y llegada a esta. En consecuencia cítese al penado a fin de que concurra a este Tribunal a suscribir Acta de Compromiso. Notifíquese a las partes, cítese al penado, haciéndole saber en la boleta que debe acudir al Tribunal el día hábil siguiente a su citación, a las 8 de la mañana. Y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,


Abg. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO
LA SECRETARIA,


Abg.

En la misma fecha se libraron boletas N° 0840 al 0842.

LA SRIA,
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