REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-008821
Vista la solicitud introducida por la ciudadana ESMERALDA DEL VALLE MUJICA CUELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11428321, en la que solicita se nombre CURADOR AD-HOC de su hija IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de 13 años de edad, en virtud de que va a contraer nuevas nupcias.
Este Tribunal admite la solicitud donde se sugiere como Curador a la ciudadana DAYANA HORTENSIA MONEDERO MUJICA, titular de la Cédula de Identidad N° 12698817, se acordó notificarle del cargo a los fines de su aceptación y juramentación, y en fecha 28-10-2005, compareció la misma aceptando dicho cargo y jurando cumplir con su deber e informando que la niña no posee bienes de fortuna.
Examinados como han sido los recaudos presentados y cumplidos los requisitos de Ley exigidos, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y a tenor de lo previsto en el Artículo 177 Parágrafo Cuarto Literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA como CURADOR AD-HOC de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, a la ciudadana DAYANA HORTENSIA MONEDERO MUJICA, antes identificada.
Expídase por Secretaria original de la presente decisión y hágase entrega con sus resultas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 08 días del mes de NOVIEMBRE del dos mil CINCO. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ DE JUICIO NRO. 1
Abg. Nelson Enrique Meléndez Vargas
El Secretario Acc.,
Abog. Carlos Bullones
Mayi.-
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