REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2005-010350


Vista la solicitud presentada por la ciudadana NEIDA JOSEFINA LISCANO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.880.254, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la Población de Santa Inés Municipio Urdaneta del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide 60 metros de largo por 25 metros de ancho; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Avenida Libertador, carretera Nacional Lara-Falcón; SUR: Humberto Peraza; ESTE: Nelis Rojas; y OESTE: Elias Ure. Dichas bienhechurías consisten en una vivienda construida con bloque, dos (2) cuartos, sala, comedor, cocina, un (1) baño, techo de zinc, árboles frutales. El valor invertido es la cantidad de ONCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 611.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: ELBA LISCANO y SULY SÁNCHEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana NEIDA JOSEFINA LISCANO HERNANDEZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente Especial,


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria,


Maria Fernanda Alviarez


MJP/dmg