REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-015927
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS RAMON BARRIOS YEPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.322.849, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Brisas del Cardonal, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (250 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con binhechurías de Ramon Quintero; SUR: Con binhechurías de Eulogia Barrios, ESTE: Con binhechurías de Libia Medina y OESTE: Con bienhechurías de Felipe Medina. Dichas bienhechurías esta construida por paredes de zinc, techo de zinc, piso de cemento, contentiva de una habitación, cocina, un baño, garaje, cerca de alfajol. El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (2.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE MARIN y LENNYS SALAS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano CARLOS RAMON BARRIOS YEPEZ, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
/Milagro
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