REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 21 de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-015144
Vista la solicitud presentada por la ciudadana Libia Pastora Aguilar Galindez, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad Nro.7.318.919, asistida por el Abogado Mauro Gallardo Andrade, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.279, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, edificadas sobre un terreno propio según documento inserto en autos debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 27 de Diciembre de 1996, bajo el Nor. 2, Tomo 18, Protocolo Primero ubicadas en el Barrio San José calle 5D, esquina de la carrera 6 Nro.5D-28 de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del Estado Lara, que mide Doscientos cuarenta y tres metros cuadrados con noventa y siete centímetros cuadrados ( 243,97 mts.2) alinderado de la siguiente manera: NORTE: En 16,05 mts. con inmueble ocupado por María Vargas y Olga Caruci; SUR: En (14,oo mts) con carrera 6 que es su frente; ESTE: En (15,92 mts.2) con inmueble ocupado por Calle 5-D que es su frente y OESTE: En (16,63 mts. ) con inmueble ocupado por Omar Adjunta e igualmente consta documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro en fecha 12-09-2005, bajo el Nro. 19 tomo 27, Protocolo Primero, que adquirió las bienhechurías conformadas por dos casas, la primera construida de paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, consta de una sala de recibo, tres dormitorios, un comedor, un cocina, dos baños, un garaje y una jardinería dividida por una pared propia con sus respectivos empotramientos de cloacas, servicios de agua y luz. La segunda casa construida de paredes de bloques, techo de zinc y piso de tierra, consta de una sala de recibo, un dormitorio y una sala de baño, tiene las siguiente mejoras, reconstrucción del techo con machihembrado, revestimiento de las paredes del baño con cerámica, accesorios de calidad, puertas corredizas, empotramientos de la cocina con cerámica y techo de acerolit, construcción de un corredor con paredes de bloques, enrejado de hierro y pis de cemento, un baño anexo con cerámica y accesorios, corredor con techo de acerolit, lavadero con pared revestida de cerámica y batea, puertas de madera en las habitaciones, puerta de entrada por el garaje que da hacia la cocina de hierro y piso de cemento pulido a toda la entrada del garaje que da hacia la cocina, de hiero y piso de cemento pulido en todo el área del garaje, enrejado de hierro, alrededor de la jardinería con techo de machihembrado y la segunda casa, friso completo de sus paredes, piso de cemento pulido revestimiento de cerámica al baño, construcción de tres ventanas de hierro y vidrio, empotramiento a amas casa de luz eléctrica. El valor invertido es la cantidad de TREINTA Y NUEVE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.39.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Plinio Arana y Jannette Puche antes identificados, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada justificación y la Declara Titulo Supletorio de Posesión y Domino a favor de la ciudadana Libia Pastora Aguilar Galíndez ya identificada en las bienhechurías antes descrita en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público privado, conforme al acuerdo del Primero de Abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Suplente Especial
Abg. Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
MJP/merysa
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