REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-010303



Vista la solicitud presentada por la ciudadana NELLY JOSEFINA FLORES MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.319.711, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en Indio Manaure, sector 9, calle Principal, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la señora Yarismar Suárez; SUR: Colinda con la señora Josefina Aranguren; ESTE: Colinda con la señora Aide Malpica; y OESTE: Con el señor Fernando Rivero. Dichas bienhechurías consisten en una casa en construcción, con paredes de bloque, piso de tierra y cercada con alfajor, con una superficie de terreno de ciento cincuenta y un metros cuadrados. El valor invertido es la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: CARLOS GIURIA y NORYS FERNANDEZ éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadana NELLY JOSEFINA FLORES MENDEZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez Suplente Especial


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria


María Fernanda Alviarez




MJP/Eliana.