REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-012834

Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.919.288, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Sector las Palmitas, asentamiento campesino Federman, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de dicho asentamiento campesino; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Colinda con la finca Isis; SUR: Colinda con la vía Tacarigua; ESTE: Colinda con el fundo San Isidro; y OESTE: Colinda con la vía interna del Parcelamiento. Dichas bienhechurías consisten en una casa de tipo rural de paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento, tres habitaciones, un baño, sala comedor cocina, además se encuentra cercada toda la parcela con alambre y madera. El valor invertido es la cantidad de VEINTISIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 27.000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: CARLOS GIURIA y NORYS FERNANDEZ éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano LUIS ALBERTO SUAREZ, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez Suplente Especial


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria


María Fernanda Alviarez




MJP/Eliana.