REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-009919
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.850.775, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el caserío Las Tunas, calle El Sisal, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una extensión de 1.500 Mts.2, alinderadas de la siguiente manera: NORTE: en 100 Mts. con Aura Gamboa; SUR: en 100 Mts. con Angelina Cortez; ESTE: en 15 Mts. con Juana Nelo; y OESTE: en 15 Mts. con calle El Sisal, que es su frente. Dichas bienhechurías consisten en cerca de alambre de púas con estantillos de madera, siembra de caraotas, frijoles, auyama, lechoza, maiz, yuca, plátano. El valor invertido es la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: LUIS ANTONIO FLORES Y OMAR FRANCISCO GOMEZ CORONEL, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana CARMEN TORREALBA ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Suplente,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
María Fernanda Alviárez
/g.p.
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