REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-010067
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ADA MARTINA BETANCOURT, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 2.532.806, este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio La Cruz Parte baja calle 21, jurisdicción de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que mide CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (171 Mts 2) alinderados de la siguiente manera: NORTE: Con terrenos ocupados por Dilcia Arena SUR: Con terrenos ocupados por Maria Crespo, ESTE: Con la calle 2 que es su frente y OESTE: Con terrenos ocupados por Maria Timaure. Dichas bienhechurías consiste en una vivienda para habitación familiar, de paredes de bloques, techos de acerolit, dos dormitorios, un baño, una cocina, un porche. El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MILLONES BOLÍVARES (25.000.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos CAROLINA MATERANO Y MARIANDRY FANEITE., éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana ADA MARTINA BETANCOURT, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
Intensivo
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
Milagro
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