GADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 30 de Noviembre de 2005.-
195º y 146º
Vista la demanda por Cobro de Bolívares, (vía intimatoria) intentada por la Abg. CARLOS ALBERTO PERDOMO DAVILA, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 75.865, en su carácter de Endosatario en Procuración de la ciudadana CARMEN DE BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 15.,844.985, contra la ciudadana IXORA CATALINA ANZOLA TORRES, titular de la cédula de identidad N° 4.682.343, este Tribunal por cuanto observa que de la sumatoria de las cantidades reclamadas equivalentes al monto total del capital de las letras de cambio, intereses moratorios vencidos, más l as costas y honorarios profesionales, no alcanza al monto total atribuido a los Juzgados de Primera Instancia, este Declina la competencia por la cuantía, ante el Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en esta ciudad de Carora, conforme a lo dispuesto en los artículos 47 y 641 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el presente expediente mediante oficio, al Juzgado antes mencionado, una vez vencido el lapso de ley. Líbrese oficio.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.

En………………………………





Esta misma fecha se Registro bajo el N° 297-2005, se publico siendo las 11:00 a.m., se libró copia certificada para archivo.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
Exp.N°7300-05.ec.5.