REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 21 de Noviembre de 2005
Años 195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-001518
PARTE ACTORA: MARIA YANIRA ABREU GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.436.195
PARTE DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIA BANCA CENTRO
REPRESENTANTES DE LA DEMANDADA: ALEXIS ANTONIO GOMEZ BONIER y CRISTINA ARISPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.722.794 y 5.915.327 respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAMÓN CONTRERAS QUIROZ, IPSA N° 31.534
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 21 de Noviembre de 2005 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte accionada los ciudadanos ALEXIS ANTONIO GOMEZ BONIER y CRISTINA ARISPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.722.794 y 5.915.327 respectivamente en su carácter de representante de AGENCIA DE LOTERIA BANCA CENTRO asistido por el abogado JOSE RAMÓN CONTRERAS QUIROZ, IPSA N° 31.534. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadana MARIA YANIRA ABREU GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.436.195, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
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