JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 21 de Noviembre del 2005
195º y 146º
Vista la demanda intentada por los abogados LISBETH REYES ZAMBRANO y REGULO JESÚS OVIOL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 67.415 y 39.935, respectivamente, este Tribunal, revisado como ha sido detenidamente el libelo en cuestión, DECLARA INADMISIBLE, dicha demanda, por cuanto de la petición explanada se desprende la exigencia de dos pretensiones que se excluyen entre sí por ser incompatible su tramitación, cuales son, la impugnación de paternidad y la tacha de documento público (partida de nacimiento), que tienen un procedimiento especial cada una de ellas.
Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 del Código de
Procedimiento Civil, el cual establece:
“No podrán acumularse en el mismo libelo, pretensiones que se
excluyan mutuamente o que sean contrarias entre sí, ni las que
por razón de la materia no correspondan al conocimiento del
mismo Tribunal, ni aquellas cuyos procedimientos sean
incompatibles entre sí”.
Así se decide.
El Juez Provisorio,
(fdo)
Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria,
(fdo)
Abog. MAYELA OSTOS
49.764
NANCY
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