Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.363. En el día de hoy, 04 de noviembre de 2005, siendo las 8:55 de la mañana, se trasladó y constituyo el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la JUEZ PROVISORIO DOCTORA MAURICIA GONZÁLEZ, acompañada de la Secretaria Accidental ciudadana RITA GARCIA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.694.526, igualmente de la parte actora Abogado JOSE HERNANDEZ OCHOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.678, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana DEBORA CRISTINA QUINTANA de DORTA, titular de la cedula de identidad Nro. V-304.381, en el Inmueble ubicado en la avenida 5 de Julio del Barrio 13 de Septiembre, distinguido con el Nro. 61-105, en Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con la finalidad de dar cumplimiento con lo ordenado por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 343, el cual decreto las medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo. Seguidamente éste tribunal procede a realizar los tres toques de ley, y en virtud de no obtener respuesta procede a designar cerrajero al ciudadano LUIS EDUARDO PURGIO, titular de la cédula de identidad Nro.
V-16.895.783, el cual presente en el acto acepto el cargo y presto juramento ley. Seguidamente el Tribunal una vez aperturadas las cerraduras del inmueble, observa que el mencionado inmueble se encuentra libre de bienes y personas. Acto seguido la parte actora Abogado JOSE HERNANDEZ OCHOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.55.678 expone: Solicito al Tribunal proceda a hacerme ENTREGA MATERIAL del inmueble constituido por la una (01) casa distinguida con el Nro. 61-105, ubicado en la avenida 5 de Julio del Barrio 13 de Septiembre, en Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo; Seguidamente éste Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley procede ha hacerle ENTREGA MATERIAL a la parte ejecutante, representada en este acto por el Abogado JOSE HERNANDEZ OCHOA, del inmueble objeto de la medida constituido por la una (01) casa, distinguida con el Nro. 61-105, ubicado en la avenida 5 de Julio del Barrio 13 de Septiembre, en Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo, tal como fue acordado por el Tribunal Comitente. Seguidamente la parte actora, ya identificada expone: recibo en este acto en nombre de mi representada ciudadana DEBORA CRISTINA QUINTANA de DORTA, el inmueble objeto de la medida, anteriormente descrito, así mismo me reservo el derecho de señalar bienes propiedad de la demandada en otra oportunidad. Seguidamente el Tribunal deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida, no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, igualmente se velaron por las garantías Constitucionales de los presentes en el acto, declarando así cumplida misión, ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 10:00 de la mañana, es Todo, Termino, se leyó y conformes firman. LA JUEZ DOCTORA MAURICIA GONZÁLEZ VALLÉS (Fdo); ABOGADO PARTE ACTORA (Fdo); CERRAJERO y LA SECRETARIA ACC. RITA GARCIA RODRIGUEZ ………………………………………………………………………………...
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