REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 08 de Noviembre del año 2004
195° y 146°

Asunto: GP02-L-2004-001712
PARTE ACTORA:EDGAR JIMENEZ, DIEGO RANGEL y JOSE GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA RODRIGUEZ MUSTIOLA,
PARTE DEMANDADA: GHELLA SOGENE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO JOSE GUDIÑO
MOTIVO:Salarios Caídos

Por cuanto comparecen ante este tribunal, los ciudadanos: JOSE GARCIA, EDGAR JIMENEZ, DIEGO RANGEL en su condición de partes actoras, debidamente asistidos por la profesional del derecho MARIA RODRIGUEZ MUSTIOLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 106.151 y por la demandada GHELLA SOGENE, C.A., debidamente representados por su apoderado judicial GUSTAVO JOSE GUDIÑO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.322, quienes en este acto hacen entrega a la ciudadana juez de transacción a los fines de que sea homologada. La juez le pregunta a: JOSE GARCIA, EDGAR JIMENEZ, DIEGO RANGEL, si de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno han llegado al acuerdo que esta plasmado en la transacción, respondiendo todos que lo hacen de forma voluntaria; si entienden y están de acuerdo con todo lo expuesto, que si están de acuerdo en lo términos consagrados; manifestando que si están de acuerdo; si tienen alguna duda de lo allí expuesto manifestando que no tienen duda alguna y que entienden perfectamente lo consagrado en la transacción.
El tribunal entendiendo que se aprecia que la transacción fue realizada libre de presión y apremio, y con expresión de la voluntad de las partes, es por lo que ESTE JUZGADO LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN y ordena librar oficio para dar por terminada la causa y el archivo del expediente, visto el cumplimiento total del mismo. Se anexa copia de los vouche de los cheques al igual que de la transacción.
La Juez,
Abg. Rosiris Cecilia Rodríguez Gonzalez


Parte Demandante Parte Demandada

El Secretario,
Abg. Luis Miguel Moreno