REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUSNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 04 de Noviembre de 2005
195º y 146º
Nº DE EXPEDIENTE: 24648
PARTE ACTORA: CARMEN DURAN
PARTE DEMANDADA: CASA PARIS
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Vista la diligencia de fecha 01 Noviembre de 2005, suscrita por la abogada YOLANDA CEBALLOS RODRÍGUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 74267, obrando en su carácter de apoderada actora, el tribunal al respecto, ordena aperturar de conformidad con lo establecido en el artículo 533 del Código de Procedimiento Civil aplicado expresamente por remisión del Artículo 183 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la incidencia establecida en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de que este juzgado a los fines de extender los efectos de la sentencia del mérito de la causa pueda conocer aún, en el breve lapso de ocho días de promoción los hechos que las partes consideren pertinente alegar, excepcionar y probar, y así pueda el tribunal en consideración al petitorio pronunciarse al día hábil inmediato al vencimiento del lapso probatorio.
Motivo por el cuál se ordena notificar, a la supuesta empresa sustituta EL PATIO SERVICIOS CORPORATIVO C.A; (PRESUNTA SUSTITUTA DE CASA PARIS S.A); en la persona de sus representantes ciudadanos VERONICA DE OLIVEIRA CONCALVES e IGNACIO OLIVEIRA CONCALVES, en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN EL CAFETAL, SECTOR SAN LUIS, EDIFICIO MALJUEPA, PISO 2, OFICINA 1, CARACAS-VENEZUELA; para que expongan y promuevan lo que a bien tengan.
Para la práctica de la notificación acordada, se acuerda librar exhorto para su práctica al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente por distribución.
EL JUEZ;
Abg.- OMAR JOSÉ MARTÍNEZ SULBARÁN
LA SECRETARIA:
Abg.- MAYELA DIAZ
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