REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 13 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2001-000424

Visto por recibido el presente oficio N° 11853-05, de fecha, 27-09-05 del Juez de Control N° 07, Abg. Astrid Liscano, a los fines de informar en relación al Imputado JHONNY FRANCISCO ANGULO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.443.583, quien mantiene causa por este Tribunal, a quien la fue decretado Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la comisión del delito de Posesión, Ilícitas Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 36 de la LOSEP.

Analizado como ha sido el presente escrito, observa este Juzgador, al referido imputado, se encuentra cumpliendo Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada en fecha 25-09-03, por el Juez Abg. Orinoco Fajardo Leon, siendo evidente, que el mismo no podría dar cumplimiento a la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que venía manteniendo, dada la Privación Judicial Preventiva de Libertad, acordada por la Juez de Control N° 07 Abg. Astrid Liscano, en la causa N° KP01-P-2005-11356.


DISPOSITIVA

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano JHONNY FRANCISCO ANGULO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.443.583, en su lugar DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad. Ofíciese y notifíquese a las partes.





El Juez de Juicio N° 05

El Secretario

Abog. Jorge Querales


Ana V.-