REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de octubre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2004-003117
Rect.Part.
C.F.

LA SUSCRITA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, ABOGADA MARILUZ JOSEFINA PÉREZ, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. El ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° 2.536.496, debidamente asistido por el abogado Yvan Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.109, solicitó la rectificación de su Partida de Nacimiento la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 338, folio 169 vto, del año 1.941, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre del solicitante que aparece como JOSÉ DE LA LUZ, siendo lo correcto únicamente JOSÉ DE LA CRUZ. Acompañó copia certificada de la Partida de Nacimiento del solicitante y copia fotostática de la cedula de identidad del mismo. Fue admitida la solicitud en fecha doce (12) de Mayo de 2.004, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público y sea consignada la Partida de Nacimiento del solicitante expedida por el Registro Principal e igualmente se acordó oficiar a la Oni-Dex, a los fines que remitan certificación de datos filiatorios del ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ HERNÁNDEZ (f. 06). En fecha 17/05/2.004, Se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 09). En fecha 07/06/2.005, compareció por ante este Tribunal el abogado Yvan Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.109 y consignó partida de nacimiento del solicitante ordenada por este Tribunal en auto de admisión de fecha 12/05/2.004 (f. 10). En fecha 25/07/2.005, compareció por ante este Tribunal el abogado Yvan Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.109 y solicitó librar nuevamente oficio dirigido a la Oni-Dex (f. 13). En fecha 29/07/2.005, se dictó auto acordando librar nuevo oficio a la Oni-Dex, a los fines de solicitar Datos Filiatorios del solicitante (f. 14). En fecha 10/10/2.005, se le dio entrada al oficio N° RIIE-3-0311-1542, de fecha 09/08/2.005, emanado de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, Barquisimeto I (f. 17). En fecha 26/10/2.005, compareció la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y presentó informe en el cual expone que es procedente la rectificación de la presente partida de nacimiento (f. 18).
Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Nacimiento y así se declara.
Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, efectuada por el ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ HERNÁNDEZ y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la Partida de Nacimiento inscrita bajo el N° 338, folio 169 vto, del año 1.941, en el sentido que, erróneamente fue transcrito el nombre del solicitante que aparece como JOSÉ DE LA LUZ, siendo lo correcto únicamente JOSÉ DE LA CRUZ. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintisiete (27) días del mes de Octubre de dos mil cinco (2.005). AÑOS: 195° y 146°.

La Juez Suplente Especial

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria

MARIA FERNANDA ALVIAREZ
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.

MJP/Mónica