REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 27 de Octubre de 2005
Años: 195º y 146º

Exp. Nº 2.089-03.

Vista la actuación suscrita entre las partes, cursante al folio 11 del cuaderno separado contentivo del mandamiento de ejecución librado en esta causa, en acta levantada en fecha 22-10-2005 por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de esta Circunscripción Judicial, donde las partes expusieron la cancelación de la totalidad de la deuda y dan por terminado el presente juicio, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, a dicha actuación de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del archivo de este Tribunal. Cúmplase.

La Juez.


Dra. Coromoto de Del Nogal.

El Secretario.


Abg. Daniel González.
Seguidamente se cumplió lo ordenado.
El Secretario

Abg. Daniel González