REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 06 de Octubre de 2.005.-
195° y 146°

Vista la diligencia de fecha 03 de Octubre de 2005, suscrita por la Abogada YADIRA RUEDA RODRÍGUEZ, actuando con el carácter acreditado en autos, mediante la cual consigna en nombre de su representada DENVER, C.A., suficientemente identificada en autos, la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 300.000.000,00) mediante dos Cheques de Gerencia: 1) Por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 150.000.000,00), emitido por el Banco Mercantil, Oficina Zona Industrial Valencia, en fecha 30 de Septiembre de 2005, identificado con el N° 52148338; y 2) Por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 150.000.000,00), emitido por el Banco Venezolano de Crédito, Agencia Valencia El Viñedo, en fecha 30 de Septiembre de 2005, identificado con el N° 00001809, ambos Cheques a la orden del Abogado RAFAEL ORLANDO MORENO GALÍNDEZ, en su condición de Sindico General del proceso de Quiebra de la fallida INSANOVA, C.A., los cuales sustituyen al cheque N° 77688331, por la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 300.000.000,00), consignado mediante diligencia de fecha 16 de Septiembre de 2005, librado el día 05 de Agosto de 2005, a la orden del Sindico General del proceso de Quiebra de la fallida, contra la cuenta Corriente N° 0105-0094-1094133507, del Banco Mercantil Banco Universal, Agencia Zona Industrial Valencia, y a los fines de la continuación de la ejecución, se ordena el depósito de los Cheques anteriormente descritos, en la Cuenta de Ahorros Nro. 01-048-029610-4, del Banco Industrial de Venezuela (Agencia Plaza Bolívar) a nombre del Abogado RAFAEL ORLANDO MORENO GALÍNDEZ, titular de la cédula de identidad número 4.128.713, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.647, y de este domicilio.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABOG. LUCILDA OLLARVES VELÁSQUEZ,

LA SECRETARIA,

ABOG. LEDYS ALIDA HERRERA

Expediente Nro. 47.030
Labr.