Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.353, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 18 de Octubre de 2005, siendo las 2:30 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora Abogado LUIS PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 67.832, en el inmueble objeto de la medida ubicado en el cruce de las avenidas Boyacá, Urdaneta y calle Independencia, Centro Comercial Stella, segunda planta N° 19, Parroquia Catedral, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana JANY MIGUEZ QUERO, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 22.005.616, la cual presente quedó impuesta de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Primero de los Municipios del Estado Carabobo, expediente N° 15.888. Seguidamente la parte actora, ya identificada expone: Solicito al tribunal designe Depositaria Judicial y Perito Avaluador a los fines de ley. Seguidamente el tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A. En la persona de su representante legal ciudadano Eladio Núñez, cédula de identidad Nro. 3.050.664 y como perito avaluador al ciudadano José A. Fonseca, cédula de identidad Nro. 8.658.596, quienes estando presente aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Acto seguido la parte actora Abogado Luis Parra, IPSA Nro. 67.832 expone: Señalo al Tribunal para ser Secuestrado el inmueble ubicado en el cruce de las avenidas Boyacá, Urdaneta y calle Independencia, Centro Comercial Stella, segunda planta, N° 19, parroquia Catedral, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Secuestrado el inmueble ubicado en el cruce de las avenidas Boyacá , Urdaneta y calle Independencia, centro Comercial Stella, segunda planta, N° 19 Parroquia Catedral, Municipio Valencia Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia de la Depositaria Judicial Venezuela, C. A. Seguidamente la ciudadana CRUZ NAVAIDA YNOJOSA BREA, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 7.015.185, la cual manifestó al Tribunal que se haría responsable de los bienes muebles que se encuentran dentro del local Nro. 19 y 20. Seguidamente la parte actora, ya identificadla expone: Me abstengo de señalar bienes para ser Embargados, reservándome el derecho de ejercerlo en otra oportunidad. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 3:20 de la tarde, es todo, termino, se leyó
y conformes firman. LA JUEZ DRA. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); LAS NOTIFICADAS (Fdo); PARTE ACTORA (Fdo); DEPOSITARIA (Fdo); PERITO (Fdo); y LA SECRETARIA ABOG. YULIMAR FONSECA (Fdo).
Otro si: Seguidamente el perito avaluador indica que los bienes que recibe la ciudadana CRUZ YNOJOSA, ya identificada son los siguientes: 1) una camilla en metal forada en semi cuero; 2) 4 ventiladores en metal marca phanton; 3) 60 pupitres en metal y formica, color anaranjada, 4) un archivador en formica color gris, 5) 17 mesas en metal y tope de madera 6) un escritorio en metal y formica de 3 gavetas, 7) una vitrina en metal de 2 entrepaños, 8) 3 pizarrones en madera y color blanco, 9) un archivador en metal de 3 gavetas 10) un escritorio en metal con tope de vidrio 11) una computadora compuesta de un monitor marca AST visión 5L, serial HIDCA00986, un CPU Marca Hewlett Packard, serial us 71662575, un teclado, un Mouse, 12) 8 sillas en plástico color Azul, 13) un escritorio, todo ello entregado a la ciudadana CRUZ YNOJOSA, y llevado a la siguiente dirección : calle Mariño N° 100-68, San Blas, Estado Carabobo. Es Todo. La juez (Fdo); La Notificada (Fdo) y La Secretaria……………………………………………………………...
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