GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Carabobo.-
Puerto Cabello, 19 de Octubre de 2.005
195° y 146°
Visto el escrito que antecede (F-36 al 39), que contiene la transacción celebrada por el Abogado EDISON RODRÍGUEZ LOVERA, en su condición de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA ORIANDES, C.A., parte demandante, y por el Abogado OSCAR ANTONIO LEON PINTO, en su carácter de Apoderado Judicial de la entidad mercantil ALMACEN TERMINAL SANTANA, C.A., parte demandada; éste Tribunal HOMOLOGA DICHA TRANSACCION, y acuerda tenerla en Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, se SUSPENDE la Medida preventiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 19/05/2004 y practicada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo en fecha 31/05/2004, y se ordena hacer la entrega del dinero depositado en la cuenta corriente de este Tribunal por auto separado, tal y como se determinó en la transacción aquí homologada.- Igualmente se acuerda expedir por Secretaría dos (2) juegos de copia certificada de la transacción, de su homologación y del folio 17 del cuaderno de medidas.- Asimismo, una vez retirado el dinero por cada una de las partes, se ordenará el archivo del expediente.-
El Juez Temporal,

Dr. RAFAEL EDUARDO PADRÓN HERNÁNDEZ
La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES
En la misma fecha se expidieron las copias certificadas solicitadas.-
La Secretaria,


Abog. MERCEDES MEZONES