REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia
de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, once de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : GP02-L-2005-000843
El Tribunal de la causa, vistos que los acuerdos alcanzados por los abogados MIREYA CENTENO HERNANDEZ, PEDRO DOS SANTOS DOS RAMOS, Y GUSTAVO GUDIÑO MONTILLA inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.74.834, 69.324 Y 69.322, respectivamente actuando, en su carácter de apoderados judiciales, la primera de la parte actora OSCAR OCASIO ROBLES y los segundos de la parte demandada CONSORCIO G & O., mediante diligencia transaccional de fecha 10 de Octubre de 2005 (folios 34 al 36) no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,
Abg. GLADYS MIJARES LUY
LA SECRETARIA
GP02-L-2005-000843.
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