ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000187
PARTE ACTORA: YOEL A. HERNANDEZ
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ENRIQUE VALERA y WILLIAM ORTEGA PERALTA
PARTE DEMANDADA: BRIGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C.A..
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON AGUILERA VOLCAN
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día de hoy diecinueve (19) de Octubre de 2005, día y hora fijado para la continuación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecieron a la misma, el abogado en ejercicio WILLIAM ORTEGA PERALTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.834, actuando como apoderado Judicial del trabajador demandante. También compareció por la demandada, BRIGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C.A, el abogado en ejercicio, RAMON AGUILERA VOLCAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 1.381, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la demandada. Dándose así inicio a la audiencia, el abogado WILLIAM ORTEGA PERALTA, apoderado Judicial del trabajador demandante le manifiesta al Tribunal que en nombre de su representado DESISTE DE LA ACCION Y DEL PROCESO, por cuanto se evidencia que la empresa le ha cancelado la totalidad de los conceptos Laborales del trabajador demandante. Seguidamente el abogado RAMON AGUILERA VOLCAN,, representante de la empresa demandada, declara; que acepta el DESISTIMIENTO hecho por la parte actora y que renuncia a cualquiera acción que pudiera tener en contra del trabajador, tanto con motivo de este procedimiento, como de cualquier otra causa derivada de la relación de trabajo que nos unió y consigna en este acto copia de documento demostrativos del adeudo del trabajador a la empresa y al Club Firestone A.C.. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo establecieron las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Se regresan las pruebas a las partes
EL JUEZ


Abog. JOSE DARIO CASTILLO S.




ABG. APODERADO DE LA PARTE ACTORA





ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA



LA SECRETARIA


ABG. ASTRID GONZALEZ