REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUSNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 21 de Octubre de 2005
195º y 146º
EXPEDIENTE: 25257
PARTE DEMANDANTE: ALFREDO ENRIQUE SANDOVAL
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN
EDUCATIVA (INCE)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, veintiuno (21) de Octubre de 2005, siendo las 09:00 am., de la mañana hora regida por el reloj del Tribunal, para que se de inicio a la Audiencia Preliminar Prolongada, comparecieron a la misma la abogada IDANIA MARIA LADERA MORALES, inscrita en el IPSA bajo el Nº 106.103, en su carácter de apoderada actora. El Tribunal deja expresa constancia que la parte demandada no compareció ni a través de representante ni apoderado judicial alguno. En atención a que la parte demandada es una institución en la que el Estado Venezolano tiene interés dada su constitución patrimonial, y en aplicación de la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala de Casación Social no ha lugar a la aplicación de la sanción por la incomparecencia de la parte demandada como sería la admisión de hechos establecida en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de Juicio, previa incorporación de las pruebas promovidas y transcurrido que sea el lapso de Contestación de la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 136 ejusdem.
EL JUEZ;
ABG.- OMAR JOSE MARTÍNEZ SULBARÁN
LOS COMPARECIENTES;
LA SECRETARIA;
ABG.- ANTONIETA RAMOS REYNA
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