REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES VEINTICINCO (25) DE OCTUBRE DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET. Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la abogada YASMIN CORDERO DE COLINA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandada que lo es la sociedad de comercio SEGUROS NUEVO MUNDO S.A., contra la sentencia dictada en fecha 20 de Mayo del año 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido sigue la ciudadana ELBA JACQUELINE URBANO BOTELLO contra la Sociedad de Comercio SEGUROS NUEVOMUNDO. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de las abogadas CARMEN GUARNIERI T., y YASMIN CORDERO DE COLINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Números 61.561 y 17.645, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte Demandada, Parte Apelante. Igualmente se deja constancia de la presencia de la ciudadana ELBA JACQUELINE URBANO BOTELLO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.116.839, en su carácter de Parte Actora, asistida por el abogado CARLOS DIAZ M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.075. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandante. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas. El Tribunal, siendo las 10:40 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo la 11:30 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionada; Queda en estos términos revocada la sentencia recurrida; No se condena en costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Siendo las 11:30 a.m. de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes
firman,



HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ





LAS APODERADAS DE LA DEMANDADA,




LA ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE,




ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA,


Exp. No. GP02-R-2005-000484
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez