TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3


Valencia, 13 de octubre de 2005
Años: 195º y 146º



Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, y por cuanto consta a los autos que hasta ahora no ha sido posible la citación del demandado, esta Juez Unipersonal a los fines de garantizar la obligación alimentaria del niño ADRIAN JESUS MARTINEZ MORA, acuerda la medida preventiva de embargo de la tercera parte del sueldo que devenga mensualmente el ciudadano SERVANDO JESUS MARTINEZ NUÑEZ.- Líbrese oficio a la empresa ELECENTRO, C.A.- Se designa a la abogada LINA MAGALY NOCERA para que haga entrega a la empresa ELECENTRO, C.A. del referido oficio, e igualmente consigne por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el exhorto librado en fecha 04-05-2005. Expídase por Secretaría copia certificada de dicha designación.-



LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION,


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ.



LA SECRETARIA,


ABOG. MORELA SERENO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado.




Exp. Nº C-17.672.-
MPV/ib.-