REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

CARACAS VEINTE (20) DE SEPTIEMBRE DE 2005
Años 195° y 146°

En fecha 19 de julio de 2005 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, el Oficio N° 2046-05 de fecha 28 de junio de 2005, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por la abogada María Laura Hernández Sierralta, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.217, actuando en su carácter de representante judicial de la Sociedad Mercantil SNACKS AMÉRICA LATINA VENEZUELA, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de agosto de 1964, bajo el N° 80, Tomo 31-A- Segundo, contra la Providencia Administrativa de fecha 2 de marzo de 2005, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE BARQUISIMETO.

Tal remisión se efectuó en virtud haber sido oída en un solo efecto la apelación ejercida por la parte accionante contra la sentencia de fecha 11 de mayo de 2005, dictada por el referido Juzgado Superior.

En fecha 3 de agosto de 2005 se dio cuenta a la Corte y, previa distribución, se designó ponente a la Jueza Betty Josefina Torres Díaz, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

En fecha 9 de agosto de 20053, se pasó el presente expediente a la Jueza ponente.

En aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa, se estima necesario solicitar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 aparte 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, remita en el lapso de diez (10) días contados a partir de la notificación del presente auto, copias certificadas de la Providencia Administrativa de fecha 2 de marzo de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, sede Barquisimeto, toda vez que se desprende de la revisión del presente expediente, que las copias remitidas a esta Alzada se encuentran incompletas, no pudiendo esta Corte verificar de manera exhaustiva los argumentos esgrimidos por las partes.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,


MARÍA ENMA LEÓN MONTESIN
El Vicepresidente,


JESÚS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ
La Jueza,


BETTY JOSEFINA TORRES DÍAZ
Ponente


La Secretaria,


JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


BJTD/c
Exp. N° AP42-R-2005-001345


En la misma fecha veinte (20) de septiembre de dos mil cinco (2005), siendo la (s) 10:35 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 2005-02993.


La Secretaria