REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 29 de Septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: GP02-S-2005-000149.


Visto la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano alguacil (folio 9), este Tribunal observa que la parte actora ciudadano ENDER SANDREA, titular de la cédula de identidad N° 4.707.476, no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 30-05-05 (folio 7). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
El Juez

Abg. WILFREDO GONZALEZ SOSA.





La Secretaria

Abg. LOREDANA MASSARONI