ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000178.
PARTE ACTORA: LUIS ALFREDO SURHR.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANA BASTIDAS.
PARTE DEMANDADA: S.G.F.- I.N.C.-S.P.A. e IMPREGILO S.P.A, SUCURSAL VENEZUELA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO DOS RAMOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2005, SIENDO LAS 3:00 P.M., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia que transcurrido mas de quince (15) minutos, sobre la hora señalada, DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA: LUIS ALFREDO SURHR, titular de la Cédula de Identidad Nº.7.186.249,, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de un lapso de espera de quince (15) minutos, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia de la comparecencia por las partes co-demandadas S.G.F.- I.N.C.-S.P.A. e IMPREGILO S.P.A, SUCURSAL VENEZUELA, su Apoderado Judicial Abogado PEDRO DOS RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.324. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 195 ° y 146 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZALEZ SOSA


POR LA PARTE CO-DEMANDADAS


LA SECRETARIA
ABG. ____________________