ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001094
PARTE ACTORA: EMIRO EDUARDO MENDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: José Rafael Alonso López, JOSE ARTURO LOPEZ MONROY
PARTE DEMANDADA: GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: IVÁN HERMOSILLA
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL

En el día hábil de hoy 16 de Septiembre de 2005, siendo las 9:11 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de misma, y que se encuentra presente el abogado Iván Hermosilla en representación de la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.

El Juez

Abg. Emilia de Jesús Yrureta Ortiz

El Secretario

Abg. Oliver Gómez




Los Presentes